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Sin retroceso
La Justicia de La Plata sostuvo la pena por Franco Iriart y descartó que todo haya sido una equivocación médica
Los jueces entendieron que existió un incumplimiento consciente de deberes funcionales ante síntomas que exigían mayores recaudos.
La Sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó la apelación presentada por la defensa de Andrea Elizabeth Velázquez, médica del SAME condenada en la causa por la muerte de Franco Iriart. De esta manera, quedó firme en esa instancia la pena de dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación especial.
La resolución fue firmada el 25 de agosto de 2026 por los jueces Mario Eduardo Kohan y María Florencia Budiño. El recurso fue considerado formalmente admisible, aunque finalmente terminó rechazado por improcedente y se mantuvo lo resuelto anteriormente por el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de La Plata.
Franco había sufrido un accidente en moto durante la madrugada del 11 de octubre de 2021. Presentaba dolores y había vomitado luego del impacto, pero la médica decidió no trasladarlo a un hospital pese al pedido de sus padres.
La familia terminó llevándolo por sus propios medios al Hospital San Martín de La Plata, donde ingresó cerca de las 2.36 y fue operado de urgencia por un traumatismo encefalocraneano. Al día siguiente debió someterse a una segunda intervención quirúrgica.
La defensa sostuvo que pudo haber existido un error de diagnóstico, pero Casación rechazó esa interpretación. Los jueces entendieron que la condena no se había basado simplemente en una equivocación médica, sino en el incumplimiento consciente de deberes funcionales frente a un paciente que había sufrido un fuerte impacto y presentaba síntomas que exigían mayores recaudos.
La pena había sido acordada en el marco de un juicio abreviado. Con este nuevo fallo, la condena quedó confirmada por Casación, aunque la defensa dejó planteada la reserva del caso federal.
